Ley 1480 (12 octubre del 2011)
ARTICULO 1°.
PRINCIPIOS GENERALES. Esta ley tiene como objetivo promover, proteger y garantizar el ejercicio de los derechos de los consumidores, así como amparar el respeto a su dignidad teniendo en cuenta los siguientes puntos clave:
- La protección del consumidor frente a riesgos que afecten su seguridad o su salud.
- La educación del consumidor.
- El acceso del consumidor a una informacion clara de acuerdo a los terminos de esta ley.
- La protección de niños, niñas y adolescentes en su calidad de consumidores.
ARTICULO 3°.
DERECHOS Y DEBERES DE LOS CONSUMIDORES Y USUARIOS. Se tendran como derechos y deberes de los consumidores los siguientes:
DERECHOS.
- Derecho a recibir productos de calidad.
- Derecho a la seguridad e intimidad.
- Derecho a recibir información.
- Derecho a recibir protección frente a la publicidad engañosa.
- Derecho a la reclamación.
- Derecho de elección.
- Derecho a la igualdad.
ARTICULOS 15°.
PRODUCTOS IMPERFECTOS, USADOS O DESCONTINUADOS. Cuando se ofrezcan productos de forma publica, que se encuentre imperfectos,usados, reparados o descontinuados se debe indicar dicha circunstancia al consumidor de forma precisa y notoria.
ARTICULOS 16°.
EXONERACION DE RESPONSABILIDAD DE LA GARANTIA. El productor o proveedor se exonera de la responsabilidad que se deriva de la garantía si se demuestra lo siguiente:
- Que el defecto fue producto de una fuerza mayor o caso fortuito.
- El hecho de un tercero.
- El uso indebido por parte del consumidor.
ARTICULO 55°.
ESPECULACION, EL ACAPARAMIENTO Y LA USURA. Para la siguiente ley se entienden los ya mencionados termino de la siguiente manera:
- Especulación. Se considera especulación la venta de bienes o la prestación de servicios a precios superiores a los fijados por autoridad competente.
- Acaparamiento. Se considera acaparamiento la sustracción del comercio de mercancías o su retención, cuando se realiza con la finalidad de desabastecer el mercado o presionar el alza de precios.
- Usura. Se considera usura recibir o cobrar, directa o indirectamente, a cambio de préstamo de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios mediante sistemas de financiación o a plazos, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del interés bancario.